Así lo ha decretado el Real Decreto-ley aprobado este miércoles, 5 de agosto, por el Gobierno de España. Este establece la prórroga de la consideración como contingencia profesional derivada de accidente de trabajo de las enfermedades en el personal que ofrece servicio a centros sanitarios y sociosanitarios en consecuencia del contagio del Covid-19.
Esta acción ha sido impulsada por la iniciativa del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (CGOM), en la cual se pidió a Sanidad que el reconocimiento de los contagios de los profesionales sanitarios, como accidente laboral, volviera a estar vigente después de su finalización el pasado 21 de julio.
El CGOM incidió en la importancia de esta medida, ya que existen constantes rebrotes que podrían causar una segunda ola pandémica, por la cual es necesaria que esta cobertura no se limite a periodos temporales concretos. Esta petición, inicialmente presentada el 5 de mayo, contó con el apoyo de la Asamblea del Consejo General de Colegios de Médicos de España.
Una solicitud en línea de la Organización Mundial de la Salud (OMS), que también ha reivindicado la necesidad que los profesionales sanitarios contagiados tengan derecho a beneficios por lesiones laborales como enfermedades profesionales, añadiendo compensación, rehabilitación y servicios sanitarios.