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Voluntades anticipadas

Voluntades anticipadas
El documento de voluntades anticipadas (DVA) o testamento vital es un documento dirigido al médico responsable donde el paciente da una serie de instrucciones u orientaciones sobre el tratamiento que puede serle aplicado o no, en aquellas situaciones donde ya no se encuentra en condiciones de expresar su voluntad. El documento permite al profesional conocer las decisiones del paciente en relación a su enfermedad y debe tenerse en cuenta en las decisiones clínicas.

El documento también sirve para designar a un representante que actúe como interlocutor válido con el médico o el equipo sanitario, en caso de que no pueda expresar su voluntad por sí misma. Este documento debe formalizarse, a través de notario o ante tres testigos y debe incorporarse a la historia clínica del paciente.
DECRETO 175/2002, de 25 de junio, por el que se regula el Registro de voluntades anticipadas (DOGC núm. 3665 - 27/06/2002)
El Departamento de Salud de la Generalidad de Cataluña dispone de un registro centralizado de documentos de voluntades anticipadas que tiene como objetivo recopilar y custodiar todos los documentos emitidos y facilitar el acceso de los médicos, independientemente del lugar donde se encuentre el paciente que es titular del documento.

Acceso para médicos en el registro de voluntades anticipadas

El acceso del médico o médica a este registro de voluntades anticipadas del Departamento de Salud se realiza a través de la web del Consejo de Colegio de Médicos de Cataluña. Habrá que identificarse con usuario y clave colegial o con certificado digital.

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