Durante la aplicación del estado de alarma, el Gobierno central aprobó medidas dirigidas a proteger al personal sanitario. Así, mediante el Real Decreto-Ley 9/2020, de 26 de mayo, se asimiló el contagio de COVID-19 al accidente laboral para el personal sanitario, otorgando acceso a las prestaciones adicionales propias del accidente de trabajo. Esta medida debía hacerse extensiva hasta pasado un mes desde la finalización del estado de alarma, es decir, hasta el 22 de julio de 2020. El Gobierno central optó por prorrogarla de forma indefinida, a través del Real Decreto-Ley 27/2020, de 4 de agosto (hay que especificar que esta norma trataba, eminentemente, sobre finanzas de los ayuntamientos, siendo la medida mencionada un añadido accesorio).
La prórroga fue efectiva hasta el pasado 10 de septiembre de 2020, fecha en que el Congreso de los Diputados decidió derogar el Real Decreto-Ley 27/2020, de 4 de agosto. En otras palabras, desde el 10 de septiembre, el contagio por COVID-19 dejó de ser equiparado a una contingencia profesional, pasando, por defecto, a ser considerado una contingencia común, con las correspondientes consecuencias que este cambio comporta en cuanto a pérdida de prestaciones.
Atendiendo a este empeoramiento de las condiciones de los profesionales sanitarios, el día 17 de septiembre, el presidente del Consejo de Colegios de Médicos de Catalunya (CCMC) y del Colegio de Médicos de Barcelona (CoMB), Jaume Padrós, remitió una carta al ministro de Sanidad, Salvador Illa, reclamando una respuesta normativa a la altura de las circunstancias.
Por una parte, el CCMC trasladó al titular de Sanidad la necesidad de declarar enfermedad profesional para el personal sanitario las patologías que sean consecuencia del contagio del virus SARS-CoV2.
Por otra parte, i atendiendo a las necesidades inmediatas del colectivo sanitario, exigió el restablecimiento del marco jurídico derogado el día 10 de septiembre, es decir, la asimilación del contagio a un accidente de trabajo (con efectos a 22 de julio de 2020 o, en todo caso, a 10 de septiembre de 2020), al considerar que es una medida necesaria y protectora a la espera de la declaración de la COVID-19 como enfermedad profesional.
Ante el presente vacío regulatorio, el CCMC ha remitido también al Ministerio de Sanidad una propuesta concreta, aplicable y perfectamente integrable en nuestro ordenamiento jurídico, que permitiría recuperar la asimilación del contagio a un accidente laboral, siempre a la espera de la declaración de la COVID-19 como enfermedad profesional para el personal sanitario, tal y como ya pidió el pasado 31 de mayo de 2020.
Los colegios profesionales catalanes conminan a las autoridades competentes a rehacer rápidamente este soporte normativo para proteger y dar seguridad, también jurídica, a todos los profesionales que traten diariamente con los pacientes afectados por el virus.
Alerta farmacèutica 2020080 relativa a les conclusions del CHMP sobre l'ús de dexametasona com a alternativa eficaç per al tractament de la COVID-19.
Alerta farmacèutica 2020081 relativa a les advertències sobre els greus riscos per a la salut degut al consum de diòxid de clor o MMS.
Alerta farmacèutica 2020082 relativa a l'ampliació de la retirada del mercat de lots de diferents presentacions del medicament BINOCRIT.
Des del Colegio de Médicos de Lleida queremos dar nuestro apoyo a la convocatoria de huelga por parte de los MIR prevista los días 21, 22 i 23 de septiembre de 2020. Queremos mostrar nuestro apoyo para, entre otros, mantener una correcta adquisición de conocimientos; poder dignificar el ejercicio profesional de los Médicos Internos Residentes (MIR) o Médicos Especialistas en Formación (MEF); y poder obtener una buena experiencia en el proceso de especialización medica.
La Junta de Gobierno del COMLL
El CCMC ha emitido un comunicado sobre la tramitación de bajas mèdicas de los progenitores y la justificación de las ausencias escolares, donde afirma “ respecto a aquellas situaciones en las cuales es procedente la tramitación de una baja médica y aquellas en que, al no existir causa clínica, no está justificado y sería necesario que las administraciones competentes garantizaran otro tipo de prestación a padres y madres”.
Así, recuerdan que la tramitación de una baja médica (incapacidad temporal) es un acto médico que no se puede reducir a simple acto administrativo y que se justifica siempre por criterios clínicos. Las bajas se prescriben a las personas trabajadoras en caso de incapacidad física o psíquica para desarrollar su trabajo, como parte de las medidas terapéuticas dirigidas a la recuperación del paciente, o bien como medida profiláctica de preservación de la salud comunitaria.
En la Nota explican qué sucede si el hijo o hija tiene un diagnóstico confirmado de COVID-19; o si el hijo o hija debe cumplir cuarentena de manera preventiva al ser considerado contacto de un caso confirmado de COVID-19.
Por otra parte, también añaden que no es responsabilidad de los profesionales médicos la justificación de las ausencias escolares.
El encuentro, celebrado este domingo, 6 de septiembre, estuvo musicalizado por las orquestas Julià Carbonell y Ars Médica, bajo la batuta de Alfons Reverté.
El concierto, que contó con la participación de 65 músicos, también quiso rendir homenaje a los profesionales que han estado en primera línea durante la pandemia. El acto, sin embargo, se llevó a cabo sin público presencial pero se pudo seguir en directo y diferido por una treintena de medios de comunicación.
El concierto, organizado por la Diputación de Lleida y el Instituto de Estudios Ilerdencs (IEI), comenzó a las ocho de la tarde y se retransmitió por streaming para TVLleida y en diferido a las diez de la noche por once televisiones locales catalanas.
"Esencial", además, estuvo marcado por el uso de las mascarillas y de la distancia social, que entre los músicos de cuerda fue de un metro y medio, y en los de viento más de dos.
Durante una hora los músicos interpretaron un repertorio variado que se articuló en cuatro bloques: duelo, ausencia, fortaleza y esperanza. Los profesionales sanitarios que forman la Orquesta Ars Medica tocaron vestidos con batas blancas, mientras que los integrantes de la orquesta leridana lo hicieron con ropa negra. También se decoró la nave con unos 150 marcos de fotografía sin foto, con los que se quiso rendir homenaje de manera simbólica a las personas que perdieron la vida durante la pandemia.
Al concierto asistió, entre otros, el presidente de la Diputación de Lleida, Joan Talarn; el delegado del Gobierno en Lleida, Ramón Farré; la gerente de Salud en Lleida, Divina Farreny y el vicepresidente del Colegio de Médicos de Lleida, Sebastià Barranco.
Alerta farmacèutica 2020078 relativa a la recomanació del PRAC per a revocar l'autorització de comercialització d'Esmya® (acetat d'ulipristal 5 mg comprimits) degut al risc de dany hepàtic greu.
El objetivo de estas dos nuevas campañas es contribuir a encontrar personas que son portadoras del virus sin saberlo y cortar las cadenas de transmisión de la enfermedad.
En el caso de la Seu de Urgell el test masivo durará hasta el viernes y se ofrecerá voluntariamente a trabajadores de la restauración que no se les haya realizado un PCR los días previos y en toda la población de edades comprendidas entre los 16 y los 50 años, dado que es en esta franja de edad donde se detectan la mayoría de los positivos actuales en la zona. Todas las muestras recogidas se procesarán en el Hospital Arnau de Vilanova de Lleida.
Para facilitar una mejor distribución de la población voluntaria a hacerse la prueba se ha establecido un orden para poder acceder a todos; empezando por los trabajadores de la restauración, después por la población general entre los 16 y 35 años y por ultimo la población entre los 35 y los 50 años.
Durante estos días se pretende realizar entre 300 y 500 pruebas cada día, con lo que se podría llegar a testar alrededor de un 10% de la población de la Seu de Urgell en la última semana.
Sin embargo, Salut ha pedido que todas esas personas que presentan sintomatología o hayan sido contactos de pacientes positivos no deben acudir al cribado masivo, sino que serán programados desde atención primaria en un circuito paralelo.
En cuanto a los menores se les realizará un test serológico para hacer una estimación del nivel de inmunidad en un territorio donde se han registrado incidencias altas y de manera sostenida.
La prueba PCR es gratuita y para realizarla será necesario facilitar nombres y apellidos, dirección, teléfono de contacto y, si se dispone, presentar la Tarjeta Sanitaria Individual. Los resultados de la prueba se podrán consultar aproximadamente en 48 horas a través de "La Meva Salut".

Se determinó de este modo en la nueva publicación en el DOGC, que ha entrado en vigor esta semana. De entre las medidas, destacan el horario de cierre de bares y restaurantes a la una de la madrugada, sin que se puedan admitir nuevos clientes a partir de las doce. Así como la limitación de fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda garantizar la distancia de seguridad de dos metros.
Mediante esta resolución, se aprueba la declaración de actuaciones coordinadas en salud pública, entre la Generalitat de Cataluña y el Ministerio de Sanidad, para responder ante la situación especial de riesgo derivada del incremento de casos positivos para el Covid-19.
Respecto la prohibición de fumar al aire libre, si no hay suficiente distancia interpersonal de seguridad, la resolución contempla que la limitación también se aplicará tanto al consumo de tabaco como el de cualquier otro dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua o similares.
En la nueva resolución del Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña también se ha querido recordar a la ciudadanía la recomendación de limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, así como también que estos encuentros sociales sean de un máximo de 10 personas .
En el ámbito de las actividades hoteleras y restauración también hay restricciones. En los establecimientos de hostelería, restauración y terrazas se garantizará la distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio de barra. Además, también se debe garantizar una distancia mínima entre mesas o agrupaciones de 1'5 metros, con un máximo de diez personas por mesa o agrupaciones. La mesa que se utiliza con este fin deben respetar el número de personas que permita seguir la distancia mínima de seguridad interpersonal.
Salut recordó que los ciudadanos deben colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas previstas en esta nueva resolución. Esta colaboración se refiere no sólo al cumplimiento de las medidas y obligaciones establecidas en la Resolución, sino también a la aceptación y respuesta a los requerimientos que se formulen por las autoridades sanitarias. Y se remarca que estos incumplimientos de lo dispuesto en la Resolución pueden ser considerados de infracción administrativa, por el que se establece el régimen sancionador específico para el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por la Covid-19.